Cómo crear una S.L.

Cómo constituir una sociedad de responsabilidad limitada (S.L.).

De entre las diversas formas societarias que se constituyen, las S.L. son sin duda las preferidas por las personas que se animan a aventurarse en una empresa.

Desde luego sus principales atractivos son que su capital social mínimo es de tres mil euros, la limitación de responsabilidad, de manera que los socios no responden con su propio patrimonio de las deudas sociales, y la posibilidad de constituir una sociedad de un solo socio (unipersonal).

Hecha la introducción, haré un breve resumen de lo que necesitas para constituir tu propia S.L.

1º.- Elige la denominación. Es preciso obtener un certificado del Registro Mercantil Central en el que conste que la denominación que has escogido para la sociedad cumple todos los requisitos legales (fundamentalmente que no esté ya cogido). A partir de la obtención de dicho certificado tienes tres meses para firmar la escritura. Una advertencia: la solicitud debe hacerse a nombre de uno de los socios fundadores.

2º.- Decide cual va a ser el capital social y cómo desembolsarlo. El capital mínimo son 3.000 euros. Si decides aportarlo en dinero debes acudir a una entidad financiera, como tu banco, y hacer un depósito de la cantidad a nombre de la sociedad y solicitar un certificado de dicho depósito (tiene una validez de dos meses a efectos de firmar la escritura).

No obstante, no es necesario que el capital se aporte en dinero. En posible aportarlo en bienes (por ejemplo, un ordenador o un coche), siempre y cuando su valor sea como mínimo 3.000 euros. Eso sí, el socio es responsable de que efectivamente lo que aporte tenga el valor que afirma.

3º.- Decide cómo se distribuirá el capital social y cómo será el órgano de administración. La práctica totalidad de las S.L. distribuye su capital en participaciones sociales de un euro cada una de ellas, y prevén en sus Estatutos alternativamente diversas formas de organizar la administración y luego escogen la forma inicial (administrador único, varios solidarios o mancomunados o consejo de administración).

Finalmente sólo queda firmar la escritura de constitución de la sociedad. Una vez la notaría dispone de todo lo necesario, tardamos unos veinte minutos en tenerlo todo listo. Luego, si se desea, también podemos encargarnos de la tramitación y gestión posterior (obtener el CIF, solicitar su inscripción en el Registro Mercantil…). Además de que, evidentemente, ayudamos a realizar todos los trámites previos, por lo que lo más habitual es acudir a la notaría “con las manos vacías” y nosotros nos encargamos de guiarte.

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