El matrimonio ante Notario

 

 

El matrimonio celebrado ante notario es un matrimonio de tipo civil. Sus principales ventajas son su agilidad y sencillez, ya que desde que se tienen todos los documentos necesarios, podemos tenerlo listo en menos de 24 horas y además nos encargamos nosotros de realizar los trámites posteriores de inscripción en el Registro Civil.

¿Qué es necesario?

En cualquier tipo de matrimonio, el paso previo es tramitar el “expediente matrimonial”. Es decir, necesitamos:

a) El expediente matrimonial

b) La escritura de matrimonio.

Hacen falta los dos.

El expediente se puede tramitar ante Notario (que tiene la ventaja de ser más rápido) o en el Registro Civil (que tiene la ventaja de no tener que pagar aranceles).

Si preferís tramitarlo ante Notario, debéis presentar una solicitud en el Colegio Notarial, para que os designen uno, ya que no podéis elegir libremente notario. A ese notario debéis dirigiros y os informará de toda la documentación necesaria.

También es posible tramitar el expediente en el Registro Civil. En la página web http://www.registrocivil.gva.es/es/matrimonio-civil aparecen los documentos que hacen falta para tramitar el “expediente matrimonial”. Recomendamos acudir con dos testigos –en vez de uno- y solicitar cita previa vía online una vez se tengan todos los documentos y los testigos, así se podrá tramitar todo el expediente en una sola cita en el Registro Civil.

Es importante decir en el momento de tramitar el expediente matrimonial que se desea contraer matrimonio ante notario y el nombre y apellidos del notario elegido (Enrique Montoliu Alcón o Enrique Montoliu Ferrer).

Una vez tramitado el expediente matrimonial, suelen tardar sobre 3 meses en obtener el resultado. Esto se debe a la saturación de trabajo que sufre el Registro Civil. La ventaja del expediente ante notario es que es mucho más rápido (en nuestro caso, normalmente una semana).

Una vez concluido el expediente matrimonial, podemos celebrar el matrimonio cuando queráis.

Simplemente hay que acudir a la notaria los dos contrayentes y dos testigos, mayores de edad, todos con su DNI original y en vigor. Una vez celebrado el matrimonio, nosotros nos encargamos de los trámites posteriores.

Preguntas frecuentes.

¿Estaremos en gananciales o en separación de bienes?

Salvo excepciones, para estar en separación de bienes hay que hacer otra escritura: las capitulaciones matrimoniales. Tienen un coste de 100 euros aproximadamente. Si no se hace nada, se estará en gananciales.

¿Los testigos pueden ser familiares?

¿Los testigos del expediente matrimonial tienen que ser los mismos que vayan luego a la notaria?

No es necesario, pueden ser personas diferentes.

¿Se puede celebrar el matrimonio fuera de la notaria?

Previa solicitud al Colegio Notarial de Valencia, es posible celebrar un matrimonio en sus instalaciones, aunque queda sujeto a normas especiales por razón de competencia y disponibilidad.

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