Un básico de préstamos

Voy a dedicar las próximas líneas a los aspectos más fundamentales a tener en cuenta en la contratación de un préstamo personal. Disculpadme por empezar con la conclusión pero he de advertir que un préstamo es un contrato que reviste cierta complejidad por lo que os recomiendo encarecidamente que antes de firmar nada os asesoréis pertinentemente, pues ahora sólo vamos rozar los conceptos básicos.

En la práctica más habitual en un préstamo sucede lo siguiente: me entregan una cantidad de dinero, y tengo que devolver esa cantidad en determinado plazo y además pagar intereses y otros conceptos. Así pues vamos a analizar los siguientes factores: capital, plazo, intereses y comisiones.

El capital es la cantidad que nos van a entregar. Si nos prestan tres mil euros, esa cuantía es el capital. Es recomendable que nos presten sólo el capital que realmente necesitamos, pues es sobre esta cuantía dónde se calculan los demás costes. Pido disculpas si digo cosas que suenen a obvias, pero me gustaría dejar bien sentadas las bases.

El plazo es el periodo de tiempo que tengo para devolver el préstamo, es decir, el tiempo de vida del mismo. Generalmente duran varios años y se va devolviendo mediante cuotas mensuales comprensivas de una parte de capital y otra de intereses. En ocasiones se pacta que durante un tiempo sólo se pagarán intereses, de modo que estas cuotas serán bastante más reducidas que una cuota ordinaria. Este periodo de tiempo recibe el nombre de "carencia".

En cuanto a los intereses, los podríamos definir como el "precio" que tiene el capital que nos prestan. Podemos distinguir entre intereses ordinarios y los de demora. Los primeros son los que se pagan si no tenemos ninguna "incidencia". En cambio los segundos se pagan si nos retrasamos en abonar alguna cuota. Son superiores a los intereses ordinarios, ya que realmente son una "sanción" por el retraso. Recientemente el Tribunal Supremo fijó que en prestamos sin hipoteca destinados al consumo, el interés de demora sólo podía ser un 2% superior al interés ordinario.

Profundizando un poco más sobre los intereses, podemos distinguir entre intereses fijos (si es el mismo durante toda la vida del préstamo) o variable (si va cambiando a lo largo del tiempo). Estos últimos consisten en sumar un número (llamado diferencial) a un índice de referencia: el famoso EURIBOR, por ejemplo. Según varía el EURIBOR, cambia el tipo de interés. Como no quiero extenderme demasiado en este post, dejaremos para otra ocasión las cláusulas suelo y techo, las bonificaciones...

Finalmente las comisiones son lo que nos cobran por determinados conceptos o servicios. Así, el banco tiene un coste por estudiar si le resulta viable o no prestarnos el dinero, y está en su derecho cobrar dicho coste (en este caso, sería la comisión de estudio). También existen comisiones por devolver dinero antes de tiempo (cancelación total o parcial) y por reclamación de deudas, entre otras.

Como veis son muchos los factores a tener en cuenta, por lo que tengo que reiterar: preguntad antes de tener claro que se firma.

 

Enrique Montoliu Alcón.

 

Fotografía de FraukeFeind

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